jueves, 29 de septiembre de 2011

Real-chou: “No hay que darse por vencidos”

Dimecres 27 de setembre, any estelar 2011, al voltant de les 17:00 hores (sessió de votacions del primer debat de política general). En el dècim setè univers conegut amb el nom de Parlament Català. Pren la paraula Nuria de Gispert, presidenta del Parlament.

*<<… Se han organizado las trescientas resoluciones en bloques de veinte. Bloques temáticos con los se quiere facilitar la tarea y reducir el tiempo de votación. Como los temas unas veces se solapan, otras se alejan y la mayoría son de su padre y su madre, sus señorías deben tener presente las siguientes excepciones.

Les veus en el corral cada vegada pugen més de to.

<<¡Silencio! —la presidenta espera uns dos minuts—. Las resoluciones tercera y décima del primer bloque pasan al quinto bloque, así mismo del quinto bloque han de quitar la novena, decimotercera y octava y llevarlas al bloque séptimo, como el bloque quinto se nos queda cojo deben tomar del bloque decimoquinto las tres primeras o últimas, a su elección, y completar el quinto. El bloque segundo se queda tal cual, a falta de completar la resolución decimonovena con algunas puntualizaciones de la resolución undécima del boque decimosexto — els murmuris es fan intensos—. Del bloque octavo se quitan las veinte que pasan directamente al bloque undécimo de lo que resulta que éste se nos pone en cuarenta y el octavo se vacía de contenido, lo cual no exime de votarlo. La resolución novena del bloque vigésimo, relativa a la financiación de los geriátricos, deben pasar de ella, sí o sí —un diputat es tira una ampolla d'aigua de Vichy pel cap—, no de la resolución referida al idioma occitano como lengua vehicular preferente en el valle de Argüestortes i Estay de Santa Maurici, qué creo recordar, es la número doscientos treinta y ocho del bloque duodécimo. La resolución…

*Traducción directa de la lengua lemosina

2 comentarios:

  1. Enhorabuena una descripción muy acertada de lo borricos que somos. Es una desgracia para los españoles que no se den por vencidos.

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  2. la primera parte contratante de la segunda parte contrante...

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